ORIENTACION TRIBUTARIA

Las iglesias estamos exonerados del impuesto a Renta, por ser instituciones sin fines de lucro
ver ->Sunat Capitulo IV art.19 a

Libros Contables

Las iglesias estamos en el regimen general, ya que no hay regimen especifico para asociaciones como la nuestra

¿Qué libros de contabilidad debemos llevar?

Los perceptores de rentas de tercera categoría (sea persona natural o jurídica) cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT (S/. 532,500 para el ejercicio 2009) deberán llevar como mínimo un Registro de Ventas, un Registro de Compras y un Libro de Diario de Formato Simplificado, de acuerdo con las normas sobre la materia.
Los demás perceptores de rentas de tercera categoría cuyos ingresos brutos anuales superen las 150 UIT (S/. 532,500 para el ejercicio 2009) están obligados a llevar contabilidad completa.
ver ->Sunat